Notícias recientes

11/03/2025

Las empresas han comenzado a aplicar las retenciones correspondientes en las nóminas de los trabajadores que perciben el nuevo SMI

Las empresas han comenzado a aplicar las retenciones correspondientes en las nóminas de los trabajadores que perciben el nuevo SMI, cuya actualización fue aprobada por el Gobierno a mediados de febrero. Con carácter retroactivo para todo 2025, el salario mínimo legal se ha fijado en 16.576€ anuales distribuidos en 14 pagas, lo que equivale a 1.184€ mensuales. Esto representa un incremento bruto de 700€ al año respecto al mínimo anterior. Sin embargo, a diferencia de aumentos previos, esta subida no ha ido acompañada de una actualización del umbral exento de tributación en el IRPF. Los gestores administrativos explican que, dado que el nuevo SMI tiene efecto retroactivo desde enero, las retenciones aplicadas desde marzo deben ajustarse para compensar la falta de deducciones en los dos primeros meses del año.

06/03/2025

Los autónomos que adeuden cotizaciones a la Seguridad Social e incurran en una incapacidad permanente no podrán cobrar la prestación

Los autónomos que adeuden cotizaciones a la Seguridad Social e incurran en una incapacidad permanente no podrán cobrar la prestación correspondiente aunque soliciten el aplazamiento del pago y se les conceda. El TS resuelve en una sentencia que si la solicitud y concesión del aplazamiento de las cuotas es posterior a la fecha del hecho causante (en este caso, la enfermedad), incluso si la Seguridad Social accede al aplazamiento "cualquier de las cuotas satisfechas a su amparo serían ineficaces a efectos prestacionales"

04/03/2025

Las empresas de transporte ya pueden consultar online la pérdida de puntos de sus conductores,

Las empresas de transporte ya pueden consultar online la pérdida de puntos de sus conductores, tras más de 2 años de retraso, debido a la complejidad técnica de interconectar tecnológicamente a los diferentes organismos públicos implicados. Entre las numerosas novedades que incluyó la reforma de la Ley de Seguridad Vial que se aprobó en 2021, se incluyó esta posibilidad. FENADISMER considera muy positiva dicha medida preventiva ya que contribuirá a mejorar la seguridad vial del transporte por carretera, a la vez que eliminará la inseguridad jurídica a la que se enfrentaban anteriormente las empresas transportistas que no tenían manera de conocer en qué condiciones habilitantes se encuentran sus conductores.

27/02/2025

Las empresas deben actualizar los salarios de los trabajadores si así se indica en el convenio colectivo, aunque esté prorrogado.

Así lo establece el TS, que asienta una nueva doctrina al aclarar cómo deben interpretarse las cláusulas de revisión salariales cuando los convenios han caducado y las partes, en vez de negociar uno nuevo o durante la negociación, han decidido prorrogarlo uno o varios años más. Según el alto tribunal, si el texto establece una revisión salarial y de los distintos conceptos económicos que no está ligada a un año en concreto o a una limitación temporal, ésta debe seguir aplicándose con la prórroga del convenio. Sin embargo, si limita la revisión o subida a uno o varios ejercicios determinados, la actualización no continuará pese a la prórroga.

25/02/2025

La Comisión Europea crea una nueva categoría de empresas: las de mediana capitalización pequeña

La Comisión Europea crea una nueva categoría de empresas: las de mediana capitalización pequeña, que serán definidas por el tamaño entre la gran empresa y la mediana y pequeña, a través de la Directiva Ómnibus. Las empresas incluidas en este grupo podrán beneficiarse de exenciones y simplificaciones normativas, similares a las que disfrutan las pymes, mediante la reducción de la carga administrativa y la mejora de su competitividad. Los umbrales específicos para esta categoría incluyen como criterios: tener entre 250 y 1.500 empleados, una facturación inferior a 1.500 millones de euros y un balance total inferior a 2.000 millones de euros.

20/02/2025

El TS endurece las pruebas que los contribuyentes deben presentar a la AEAT

El TS endurece las pruebas que los contribuyentes deben presentar a la AEAT para deducir en el IRPF pérdidas por inversiones en bolsa. El tribunal fija que los ciudadanos tendrán que justificar el motivo de las pérdidas, es decir, si se dieron por una transmisión de las acciones, por la disolución o por la liquidación de la sociedad en la que se invirtió. Además, deberá aportar información adicional al fisco para justificar la pérdida en caso de que los datos que haya reflejado en la declaración discrepen los que tenga Hacienda.

18/02/2025

Tributos actualiza las obligaciones de los autónomos con empleados que teletrabajan en el extranjero.

. Una nueva consulta vinculante de la Dirección General de Tributos aclara en qué casos deben continuar practicando retenciones en el salario de estos trabajadores. Así, si por el plazo de tiempo que asalariado pasa en el país extranjero se le certifica como no residente en España, el negocio español no deberá retener impuestos sobre el salario correspondiente al teletrabajo en ese país, pero sí sobre las remuneraciones derivadas del trabajo presencial que continúe realizando en España, como sucede si estos trabajadores siguen realizando tareas que requieren de su presencialidad aquí, aunque vivan fuera. En estos casos, lo hará aplicando el IRNR.

13/02/2025

El TS acaba de dictar una sentencia que aborda una de las cuestiones más debatidas a raíz de la reforma laboral de 2021

El TS acaba de dictar una sentencia que aborda una de las cuestiones más debatidas a raíz de la reforma laboral de 2021: cuál es el convenio colectivo que deben aplicar las empresas contratistas cuando prestan servicios para un cliente. Determina que, si la empresa contratista tiene un convenio colectivo propio anterior en el tiempo al convenio del sector aplicable, puede seguir aplicando la regulación de su convenio propio, también en material salarial, aunque los salarios previstos en ese convenio propio sean inferiores a los del convenio sectorial. Y sólo si el convenio de la empresa contratista es posterior en el tiempo al convenio sectorial, deberá ésta abonar el salario fijado en este último.

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