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Notícias recientes

Las empresas han comenzado a aplicar las retenciones correspondientes en las nóminas de los trabajadores que perciben el nuevo SMI, cuya actualización fue aprobada por el Gobierno a mediados de febrero. Con carácter retroactivo para todo 2025, el salario mínimo legal se ha fijado en 16.576€ anuales distribuidos en 14 pagas, lo que equivale a 1.184€ mensuales. Esto representa un incremento bruto de 700€ al año respecto al mínimo anterior. Sin embargo, a diferencia de aumentos previos, esta subida no ha ido acompañada de una actualización del umbral exento de tributación en el IRPF. Los gestores administrativos explican que, dado que el nuevo SMI tiene efecto retroactivo desde enero, las retenciones aplicadas desde marzo deben ajustarse para compensar la falta de deducciones en los dos primeros meses del año.

Fecha publicación: 11/03/2025

Los autónomos que adeuden cotizaciones a la Seguridad Social e incurran en una incapacidad permanente no podrán cobrar la prestación correspondiente aunque soliciten el aplazamiento del pago y se les conceda. El TS resuelve en una sentencia que si la solicitud y concesión del aplazamiento de las cuotas es posterior a la fecha del hecho causante (en este caso, la enfermedad), incluso si la Seguridad Social accede al aplazamiento "cualquier de las cuotas satisfechas a su amparo serían ineficaces a efectos prestacionales"

Fecha publicación: 06/03/2025

Las empresas de transporte ya pueden consultar online la pérdida de puntos de sus conductores, tras más de 2 años de retraso, debido a la complejidad técnica de interconectar tecnológicamente a los diferentes organismos públicos implicados. Entre las numerosas novedades que incluyó la reforma de la Ley de Seguridad Vial que se aprobó en 2021, se incluyó esta posibilidad. FENADISMER considera muy positiva dicha medida preventiva ya que contribuirá a mejorar la seguridad vial del transporte por carretera, a la vez que eliminará la inseguridad jurídica a la que se enfrentaban anteriormente las empresas transportistas que no tenían manera de conocer en qué condiciones habilitantes se encuentran sus conductores.

Fecha publicación: 04/03/2025

Así lo establece el TS, que asienta una nueva doctrina al aclarar cómo deben interpretarse las cláusulas de revisión salariales cuando los convenios han caducado y las partes, en vez de negociar uno nuevo o durante la negociación, han decidido prorrogarlo uno o varios años más. Según el alto tribunal, si el texto establece una revisión salarial y de los distintos conceptos económicos que no está ligada a un año en concreto o a una limitación temporal, ésta debe seguir aplicándose con la prórroga del convenio. Sin embargo, si limita la revisión o subida a uno o varios ejercicios determinados, la actualización no continuará pese a la prórroga.

Fecha publicación: 27/02/2025

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